¿Sabes qué pagos debes cubrir al empleado después de un despido?
Existen dos alternativas a la hora de un despido de tu personal: finiquito o indemnización. En cualquier caso, es importante cumplir con las obligaciones que corresponden a cada una.
Finiquito: en caso de despido justificado o renuncia del personal, es tu responsabilidad hacer efectivo el derecho de tu trabajador o trabajadora a un finiquito. Este debe incluir:
Pago por los días trabajados hasta la fecha de terminación.
Parte proporcional del aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.
Prima de antigüedad.
Otras prestaciones de acuerdo con su contrato.
Indemnización: La persona trabajadora que haya sido despedida injustificadamente tendrá derecho a que la persona empleadora le pague una indemnización consistente en:
Tres meses de salario (conocida como indemnización constitucional).
La prima de antigüedad.
La parte proporcional de aguinaldo.
La parte proporcional de vacaciones.
La parte proporcional de la prima vacacional.
En su caso, el pago de veinte días por cada año laborado.
Otras prestaciones vigentes incluidas en el contrato de trabajo o en las condiciones que regulan la relación con la empresa o patrón como, por ejemplo, bonos, comisiones, fondo de ahorro, utilidades, entre otros.