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¿Sabes qué pagos debes cubrir al empleado después de un despido?


Existen dos alternativas a la hora de un despido de tu personal: finiquito o indemnización. En cualquier caso, es importante cumplir con las obligaciones que corresponden a cada una.

Finiquito: en caso de despido justificado o renuncia del personal, es tu responsabilidad hacer efectivo el derecho de tu trabajador o trabajadora a un finiquito. Este debe incluir: 

  • Pago por los días trabajados hasta la fecha de terminación.

  • Parte proporcional del aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.

  • Prima de antigüedad.

  • Otras prestaciones de acuerdo con su contrato.

 
Indemnización: La persona trabajadora que haya sido despedida injustificadamente tendrá derecho a que la persona empleadora le pague una indemnización consistente en:

  • Tres meses de salario (conocida como indemnización constitucional).

  • La prima de antigüedad.

  • La parte proporcional de aguinaldo.

  • La parte proporcional de vacaciones.

  • La parte proporcional de la prima vacacional.

  • En su caso, el pago de veinte días por cada año laborado.

  • Otras prestaciones vigentes incluidas en el contrato de trabajo o en las condiciones que regulan la relación con la empresa o patrón como, por ejemplo, bonos, comisiones, fondo de ahorro, utilidades, entre otros.