Acceso a condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
Es derecho de las y los trabajadores contar con un espacio seguro e higiénico en el centro de trabajo que les proteja de cualquier riesgo. Es obligación de la persona empleadora adoptar medidas y acciones adecuadas para la prevención oportuna de accidentes y de enfermedades relacionadas con el trabajo.
¿Qué son los riesgos de trabajo?
Son los accidentes y/o enfermedades a las que se exponen o pueden exponerse las personas trabajadoras por motivo de su empleo. Estas pueden ocurrir en el traslado, en las instalaciones de la empresa, en reuniones fuera del lugar físico de trabajo, entre otros lugares.
Los riesgos de trabajo pueden producir incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial o total, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial.
Las personas trabajadoras que sufran algún riesgo de trabajo tendrán derecho a recibir asistencia médica y quirúrgica, rehabilitación, hospitalización, medicamentos y material de curación, aparatos de prótesis y ortopedia, e indemnizaciones, según corresponda. Para atender estas necesidades, es indispensable tener acceso a la seguridad social.